S.A.R.L.A.F.T : Sistema de Administración del riesgo de lavado de activos y fiananciación del terrorismo.
NORMATIVIDAD
TIPIFICACIÓN DE LOS DELITOS
Lavado de activos:
El que adquiera, resguarde, invierta, transporte, transforme, custodie o administre bienes que tengan su origen mediato o inmediato en actividades de o de los bienes provenientes de dichas actividades apariencia de legalidad o los legalice, oculte o encubra la verdadera naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento o derecho sobre tales bienes o realice cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito, incurrirá por esa sola conducta, en prisión de ocho (8) a veintidós (22) años y multa de seiscientos cincuenta (650) a cincuenta mil (50.000) salarios mininos legales vigentes. “Art. 323 de la ley 599 de 2000; modificado por la ley 1121 de 2006”
Financiación del Terrorismo y Administración de recursos relacionados con actividades terroristas:
El que directa o indirectamente provea, recolecte, entregue, reciba, administre, aporte, custodie o guarde fondos bienes o recursos o realice cualquier otro acto que promueva , organice, apoye, mantenga, financie o sostenga económicamente a grupos armados al margen de la ley o a sus integrantes, o a grupos terroristas nacionales o extranjeros, o a terroristas nacionales o extranjeros, o a actividades terroristas, incurra en prisión de trece (13) a veintidós (22) años y multa de mil trescientos (1.300) a quince mil (15.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes. “Art 345 del código penal”.
El SARLAFT implementado se compone de dos frases a saber:
1) La primera corresponde a la prevención del riesgo y cuyo objetivo es prevenir que se introduzca a la aseguradora recursos provenientes de actividades relacionadas con el lavado de activos y/o de la financiación de terrorismo en adelante.
2) La segunda que corresponde al control y cuyo propósito consiste en detectar y reportar las operaciones que se pretendan realizar o se hayan realizado, para intentar dar apariencia de legalidad a operaciones vinculadas al LA/FT.
CONCEPTOS CLAVES DE SARLAFT
Ø UIAF: Unidad de información y análisis financiero del Minhacienda.
Ø ROS: Reporte de operaciones sospechosas de la Superintendencia.
Ø OFICIAL DE CUMPLIMIENTO: Es el responsable por el funcionamiento y cumplimiento de las etapas del SARLAFT.
Ø ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO: Obtener por si o por interpuesta persona, incremento patrimonial no justificado en debida forma.
CONTROL DEL RIESGO: Disminución de la posibilidad de ocurrencia y del impacto en caso de materializarse un evento (riesgo).
RIESGO DE SARLAFT:
ü Propensión a ser utilizado el fondo a través de sus proveedores y servidores públicos como instrumento para el LA y/o canalización de actividades terroristas.
RIESGOS ASOCIADOS:
ü OPERATIVO: Se refiere a las pérdidas potenciales en las que puede incurrir una institución, debidas al manejo y administración de los recursos humanos, tecnológicos y procesos y procedimientos de la entidad.
ü REPUTACIONAL: Asume la probabilidad de que se forme una opinión pública negativa sobre el servicio prestado por la entidad.
ü LEGAL: Riesgo de pérdida debido a la no exigibilidad de acuerdos contractuales, procesos legales o sentencias adversas
ü CONTAGIO:
ü LEGAL: Riesgo de pérdida debido a la no exigibilidad de acuerdos contractuales, procesos legales o sentencias adversas
ü CONTAGIO:
SARLAFT SE INSTRUMENTA A TRAVES DE:
Identificación del riesgo: identificar riesgos y eventos que puedan dar origen a hechos de LA/FT. Establecer y aplicar las metodologías para la segmentación de los factores de riesgo asociados respecto de cada uno de los factores de riesgo.
Medición o evaluación: establecer y aplicar las metodologías de medición o evaluación con el fin de determinar la posibilidad o probabilidad de ocurrencia del riesgo de LA/FT y su impacto en caso de materializarse frente a cada uno de los factores de riesgo y los riesgos asociados.
consiste en: obtener datos históricos tanto internos como externos que identifiquen experiencias asociadas a eventos de riesgo de LA/FT o recursos a los mismos, esta información se debe revisar observando las implicaciones y severidad de los riesgos aplicados a la entidad.
Control: establecer y aplicar las metodologías para definir las medidas de control del riesgo de LA/FT. Establecer los niveles de exposición en razón de la calificación dad a los factores de riesgo en la etapa de medición. Realzar los reportes de operaciones sospechosas a la Unidad Administrativa Especial de información y Análisis Financiero – UIAF.
Monitoreo: desarrollar un proceso de seguimiento efectivo que facilite la rápida dirección y corrección de las deficiencias en las etapas del SARLAFT. Realizar el seguimiento del riesgo inherente y residual de cada factor de riesgo. Establecer indicadores que evidencien potenciales fuentes de riesgo de LA/FT y asegurar que los riesgos residuales se encuentren en los niveles de aceptación establecidos por la entidad.
ELEMENTOS: Conjunto de componentes a través de los cuales se instrumenta de forma organizada y metódica la administración del riesgo de LA/FT en las entidades.
Políticas: señalar los lineamientos que adoptará la entidad frente a los factores de riesgo y los riesgos asociados de LA/FT. Establecer lineamientos para la prevención y resolución de conflictos de interés.
Procedimientos: son los procedimientos aplicables para la adecuada implementación. Recaudar la información que le permita comparar las características de sus transacciones con las de su actividad económica. Contar con elementos de juicio que permitan analizar las transacciones inusuales de esos clientes y determinar la existencia de operaciones sospechosas.
Documentación: contar con los criterios y procesos de manejo, guarda y conservación de la misma. Contar con requisitos de seguridad de forma tal que se permita su consulta sólo por quienes estén autorizados.
Estructura organizacional: las entidades deben establecer y asignar las facultades y funciones en relación con las distintas etapas y elementos del SARLAFT. Como mínimo deben establecer las siguientes funciones a cargo de los órganos de dirección, administración, control y del oficial del cumplimiento.